El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en España, en la modificación introducida por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio; recoge en sus artículos 24 y 27 bis que la renovación de la acreditación de los títulos oficiales debe ser realizada periódicamente a partir de la fecha de su verificación inicial o desde la fecha de su última acreditación. Por su parte, la modificación introducida por el Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, estableció una ampliación de dos años del plazo aplicable para la renovación de la acreditación para los títulos universitarios oficiales a los que correspondería obtenerla en los cursos académicos 2012-2013, 2013-2014 y 2014-2015. Por otro lado, la disposición final primera del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre, en la nueva redacción que da al artículo 24.2 del Real Decreto 1393/2007 establece que la renovación de la acreditación de los títulos oficiales se realizará dentro de los siguientes plazos:
o Los títulos universitarios oficiales de Grado de 240 créditos deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de seis años.
Por último, la aprobación del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, regula la acreditación institucional de centros como alternativa al modelo de acreditación de títulos. La mencionada legislación establece que el proceso de evaluación para la renovación de la acreditación incluirá, en todo caso, una visita de expertos externos a la universidad, siendo ANECA) o, en su caso, los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determinen, los encargados de realizar una valoración para la renovación de la acreditación, de acuerdo con los protocolos de evaluación que se establecerán conjuntamente entre las Agencias de Evaluación que cumplan con los criterios y estándares de calidad establecidos. El proceso de evaluación que será llevado a cabo por ANECA para la renovación de la acreditación mediante el programa ACREDITA tiene como principal objetivo comprobar si el plan de estudios se está llevando a cabo de acuerdo con lo establecido en su proyecto inicial y si los resultados del título son adecuados y permiten garantizar la oportuna continuidad de la impartición del mismo hasta la siguiente renovación de la acreditación. Estos resultados se centrarán, entre otros, en la comprobación de la adquisición de competencias por parte de los estudiantes y en los mecanismos de valoración de la adquisición de las mismas que la universidad ha desarrollado para cada título, así como en el análisis de la evolución de los resultados del mismo.